lunedì, giugno 12, 2006

Ley de fiscalia Militar para proteger recursos financieros militares - LA NUEVA CUBA

Dota de base legal a la obligatoriedad de los subordinados de desobedecer las órdenes de un superior sublevado o crítico de los "Sucesores designados


EL REGIMEN DISEÑA INSTRUMENTOS LEGALES DESTINADOS A PROTEGER A LOS SUCESORES DE CASTRO Y LOS VASTOS RECURSOS FINANCIEROS AMASADOS POR EL CARTEL MILITAR



Sanciona Parlamento cubano
Ley de Fiscalía Militar que garantiza protege los derechos
de los miembros del MINFAR y del MININT,
así como sus sistemas empresariales
.



Análisis
José F. Sánchez
Jefe de Buró
Cuba
Dept. de Investigaciones

La Nueva Cuba
Junio 12, 2006



La así denominada "Asamblea Nacional del Poder Popular" (Parlamento) cubana aprobó apresuradamente la nueva Ley de Fiscalía Militar alegadamente destinada a perfeccionar los órganos de justicia militares y a definir mejor las formas de reaccionar de esa instancia ante las ilegalidades, actualizar la ley militar.

Este nuevo "código penal" militar cuyo texto no ha sido hecho público, en realidad no es sino parte de un conjunto de instrumentos jurídicos y decretos que tienen el objetivo de proveer las herramientas represivas y de control poblacional.

La nomenklatura cubana se halla enfrascada en la "Batalla de la Sucesión", y trata febrilmente de prever toda fractura o debilitamiento del control político ejercido durante casi medio siglo. La experiencia de la caída de los regímenes del bloque soviético se toma como fuente de información y análisis a los que pretenden ser los sucesores de Fidel Castro. La meta: consolidarse firme y rápidamente en el poder tras la desaparición del dictador.

Según la maquinaria medíatica de propaganda del régimen los diputados dieron un unánime visto bueno a un proyecto de ley examinado y respaldado previamente por las comisiones permanentes de Defensa Nacional y de Asuntos Constitucionales y Jurídicos, y presentado ante el plenario por el fiscal general de Cuba, Juan Escalona Regueiro.

El cuerpo legal persigue adecuar los mecanismos de justicia castrense a las nuevas estructuras de las instituciones armadas, según argumentó el dictamen de las mencionadas comisiones remitido al plenario del VII período de sesiones de la VI Legislatura de la Asamblea Nacional (ANPP), leído por su titular, José Luis Toledo.

La propuesta de ley responde a una indicación girada en 2000 por el ministro de las Fuerzas Armadas Revolucionarias (FAR), general de Ejército Raúl Castro, con el propósito de contemporizar los órganos de justicia.

En consecuencia, intervinieron en su concepción el fiscal general Escalona, así como asesores jurídicos de los Ministerios de las FAR (MINFAR) y del Interior (MININT), las dos dependencias armadas del país.

Según argumentó Escalona, "tiene como finalidad principal dotar a la Fiscalía Militar de los instrumentos legales necesarios y de los preceptos que, acorde a las transformaciones y el desarrollo de las relaciones jurídicas, permitan a este órgano desempeñar sus misiones y objetivos específicos con mayor eficiencia y eficacia".

La discusión del anteproyecto de ley involucró en unidades militares del país a 938 personas, entre jefes, oficiales y cuadros civiles vinculados al Derecho, como resultado de lo cual se recibieron 171 opiniones y propuestas que dieron lugar a 78 notificaciones.

Se aprobaron 10 modificaciones legales, básicamente destinadas a regular cuestiones del trabajo fiscal, y proteger los derechos de los miembros del MINFAR y del MININT, así como sus sistemas empresariales.

Esto último es una contundente y manifiesta evidencia de la imperativa necesidad de dar una respuesta a la preocupación existente entre los más altos mandos militares del MINFAR y el aparato represivo porque se codifique y garantice su control de los vastos recursos económicos que ya han acumulado a través de "La Piñata" establecida desde comienzos de la década de los años 90. De esta manera codifica y establece un compromiso de proteger los intereses económicos de los generales-empresarios y comprar así su lealtad para garantizar la sucesión.
En el ámbito legislativo, los diputados hicieron 23 propuestas de modificaciones, de las que se aceptaron 10, básicamente destinadas a regular cuestiones del trabajo fiscal, y proteger los derechos de los miembros del MINFAR y del MININT, así como sus sistemas empresariales.

Toledo, en su condición de presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales, destacó que si bien ese cuerpo legal está concebido sobre la base del respeto al mando único, puntualizó el legislador cubano, aporta como elemento significativo la posibilidad de impugnar las decisiones de los jefes que contravengan las leyes. Esta específica referencia dota de base legal a la obligatoriedad de los subordinados de desobedecer las ordenes de un superior sublevado o crítico de los "Sucesores designados". .

Según Toledo, la normativa -que deroga al decreto 1361 sancionado hace alrededor de 15 años- pretende organizar el trabajo de la Fiscalía Militar y sus funciones, a fin de velar por el estado de legalidad de las referidas instituciones armadas. El decreto anterior era absolutamente distinto: Se consideraba toda insubordinación o negativa de obedecer las ordenes de un superior como un acto de rebelión, traición o motín.

Mediante dicho texto, antecedido por la Ley de Tribunales Militares, se pretende combatir todo intento de afectar la seguridad del Estado, disposición combativa de las instituciones castrenses y el régimen del servicio militar.

El fiscal general, entretanto, insistió en que esas dependencias deben contribuir al fortalecimiento de la disciplina militar y laboral, al tiempo que ejerce la función de garante de la legalidad en procesos penales y previene el delito mediante el control de ésta.

El parlamentario Jorge González consideró oportuno derogar una ley de hace 30 años, tomando en cuenta que se ha fortalecido sistema empresarial de instancias armadas.

En tanto el diputado y reverendo evangélico Sergio Arce, reafirmó su convicción de que esa disposición refuerza preceptos religiosos de justicia.



LA NUEVA CUBA